LICENCIA FEDERATIVA 2006


 

1.- CUESTIONES GENERALES DE LA LICENCIA FEDERATIVA.


La licencia es el documento que nos acredita en cualquier lugar, como miembros y deportistas del mundo de la Vela.
Tras el acuerdo alcanzado con la RFEV, en el año 2000, ya no será necesario habilitar las licencias federativas para competir en regatas de Alto Nivel de Cruceros, Campeonatos y Copas de España, por tanto la Licencia Federativa expedida por la Federación de Vela del Principado de Asturias acreditará la afiliación a ésta y a la Real Federación Española de Vela permitiendo la participación en cualquier tipo de competiciones, tanto de ámbito autonómico como estatal.
La licencia tendrá un período de validez comprendido entre el 1 de Enero y el 31 de Diciembre.
Insistimos de nuevo otra vez, en que es necesario disponer de la licencia federativa para poder participar en regatas y recordamos que es obligación del Club exigir la presentación de la misma al confirmar la inscripción en cualquier competición.
Las licencias de técnicos, directivos y escuela no son válidas para participar en competiciones.
En caso de accidente, la cobertura por parte de la Mutua General de Seguros y la responsabilidad civil que pueda existir quedan garantizados por este documento, pero se llama la atención acerca de que será de exclusiva responsabilidad del Club / Escuela si algún deportista, técnico, alumno o directivo tiene un accidente sin tener en vigor o carecer de su licencia federativa.

Los resguardos de afiliación para las licencias nuevas, las podéis recoger en las instalaciones de la F.V.P.A o cubrir en la web www.fvpa.com. Es imprescindible que el resguardo este debidamente cumplimentado y sellado por la Federación. En todas las solicitudes se hará constar el NIF y en las infantiles, se pondrá el del padre, madre o tutor.
No se podrán aceptar peticiones de licencia que no cumplan todos los requisitos.

2.- COMPETICIONES INTERNACIONALES


Para competiciones en el extranjero deberán notificarse a esta Federación como mínimo con un mes de antelación indicando la regata, el lugar y las fechas a fin de que la Real Federación Española de Vela realice los trámites oportunos ante el Consejo Superior de Deportes. El seguro de la licencia no cubre la asistencia médica que no sea derivada de un accidente deportivo, por tal motivo se aconseja contratar un seguro de enfermedad para este caso.


3.- COBERTURAS

Los daños personales están asegurados con la Compañía MAPFRE con póliza de seguro 055-0480001000. Esta Compañía garantiza el pago de los gastos originados por la prestación de Asistencia Sanitaria derivadas de los accidentes corporales que puedan sufrir las personas aseguradas como consecuencia de la participación en competiciones deportivas oficiales de vela y sus entrenamientos oficiales. Al propio tiempo se incluyen las garantías de Fallecimiento e Invalidez Permanente Absoluta y/o Parcial por causa de accidentes. Se entiende por accidente la lesión corporal derivada de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del Asegurado.

En caso de accidente la Federación o Club cumplimentará en su totalidad el impreso del Parte de Accidente que a tal efecto existe en estas entidades y comunicará el mismo a MAPFRE a través del teléfono 902 136 524, donde le facilitará el número de expediente, remitiendo posteriormente dicho impreso por fax a MAPFRE al número 91 700 30 73.

Una vez facilitado el número de expediente el lesionado acudirá al Centro Médico concertado por MAPFRE que se le indique para ser atendido, donde hará entrega de este parte debidamente cumplimentado y la presentación de la Licencia Federativa y D.N.I.


4.- CATEGORÍAS 2006

INFANTILES – A todos aquellos que no cumplan los 16 años o más en el año 2.006, es decir hasta los nacidos en el año 1.991.

JUVENILES.- A todos aquellos que no cumplan los 18 años en el año 2.006, es decir, los nacidos en los años 1.988, 1.989 Y 1.990.

SENIOR.- A los mayores de 18 años.- Los nacidos desde el año 1.988.

DEPORTISTA-TÉCNICO.- A todos aquellos titulados por la F.V.P.A.


*En el momento de tramitar la licencia se aplicará la categoría según la edad que el regatista cumpla durante el año 2006.


5.- TRAMITACIÓN


5.1. LICENCIAS INDIVIDUALES NUEVAS


5.1.1. PERSONA QUE NECESITA UNA SOLA LICENCIA FEDERATIVA

• • Puede hacerse directamente en las oficinas de la F.V.P.A.
• • Las solicitudes nuevas deberán acompañarse del resguardos de solicitud en la que necesariamente deberán constar los siguientes datos: Apellidos, nombre, DNI, categoría, fecha de nacimiento, domicilio, localidad, código postal, teléfono, clase en la que navega y Club al que pertenece.
• • Muy importante: Los menores de edad deberán aportar el D.N.I. del padre, madre o tutor.

• • Abonar la cuota correspondiente.

5.1.2. PERSONA QUE NECESITA MAS DE UNA LICENCIA FEDERATIVA
Aquellos que necesiten mas de una licencia federativa por desempeñar mas de una función en la que se precisa una licencia federativa: deportista juez y técnico o deportista y directivo, seguirán el mismo procedimiento del apartado anterior.


5.2. DUPLICADOS / CERTIFICADOS DE POSESIÓN DE LICENCIA


• • Para solicitar un duplicado de la licencia por perdida o extravío, deberán abonarse la cantidad de 3 euros.


5.3. CAMBIO DE CLUB DE UN REGATISTA

El Club al que representa el deportista es el que consta en la Licencia.
Si un deportista quiere cambiar el club que figura en su licencia deberá solicitarlo a la F.V.P.A antes de su emisión ó presentar la siguiente documentación:
• • Escrito del club del que se da de baja aceptando el cambio de club del deportista o explicando la causa en caso de denegar la autorización.
• • Escrito del club receptor haciendo mención expresa del conocimiento del cambio de club y su visto bueno a la inclusión del nuevo deportista en su flota.


5.3. CONFIDENCIALIDAD DE LOS DATOS PERSONALES


Los datos se incluirán en ficheros automatizados que se destinarán al cumplimiento del objeto social de la F.V.P.A y serán tratados de forma confidencial tanto por la Federación de Vela del Principado de Asturias como por sus entidades asociadas, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica del tratamiento Automatizado de datos de carácter personal.
Si el federado no consintiera en recibir información de las entidades asociadas deberá notificarlo por escrito a la F.V.P.A, asimismo podrá pedir la consulta, rectificación o cancelación de los datos facilitados.